11 Abr ¿Psiquiatras sin honor?
COMENTARIOS A LA SENTENCIA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID. 10/02/23
La Sociedad Española de Psiquiatría, es decir los psiquiatras españoles, “deben soportar las críticas por duras que sean”, concluye la Sección Decimocuarta de la Audiencia Provincial de Madrid (con fecha 10 febrero de 2023) en su sentencia de apelación por la que ha corregido el fallo de Juzgado de Primera Instancia 59 de Madrid el 19 de noviembre de 2021 que había ordenado prohibir las publicaciones que figuraban en los sitios web www.cchr.org y www.ccdh.es en las que critican duramente a los psiquiatras.
La referida Sala absuelve a las asociaciones Citizens Commission on Human Rights -registrada en California, EE. UU– y a la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos de España –registrada en España–, ambas de la Iglesia de la Cienciología. de la acusación formulada por Sociedad Española de Psiquiatría de intromisión ilegítima en el honor de los psiquiatras españoles.
Según este Tribunal La libertad de expresión, siempre que sirva al interés general y no se utilicen expresiones manifiestamente injuriosas, vejatorias o innecesarias, comprende la crítica de la conducta de aquel contra quien se dirige, aunque dicha crítica sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar. En los fundamentos de la sentencia se dice también que los derechos a la libertad de expresión y de información son esenciales como garantía para la formación de una opinión pública libre. Así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura sin los cuales no existe sociedad democrática.
Los magistrados María del Rosario Campesino Temprano, Juan Uceda Ojeda –ponente– y Jesús Alemany Eguidazu, la Sociedad Española de Psiquiatría (SEP), la demandante, está obligada a soportar las críticas que se le hagan por duras que sean. Y siguen diciendo: “No creemos que podamos aceptar que el derecho al honor deba prevalecer cuando se enfrentan al derecho a la libertad de expresión en el campo de la salud”. Citando como jurisprudencia las sentencias del Tribunal Constitucional 216/2013, de 19 de diciembre, y sentencias de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo 375/2013, de 5 de junio, 5/2014, de 14 de enero, y 423/2014, de 30 de julio. (Confilegal, Carlos Berbell de fecha 9-04-23).
De una manera muy resumida los demandados, absueltos por el momento, hacen afirmaciones tan poco injuriosas como las siguientes:
- 1. Los psiquiatras son psicópatas porque sus tratamientos dañan el cuerpo y la mente y degradan a la persona. Además, afirman que la psiquiatría es una seudociencia que no cura las enfermedades mentales y que sus tratamientos, muchas veces impuestos sin contar con la voluntad de los interesados perjudican gravemente a las personas.
- 2. Que detrás de todo no están las farmacéuticas ni los médicos sino los psiquiatras y la psiquiatría. Las Farmacéuticas se apoyan en la autoridad de los expertos de la mente. Una autoridad que es falsa porque una autoridad o experto resuelve problemas de su profesión, ellos solo tapan con sus tratamientos los síntomas que se manifiestan. Duermen la conciencia de la persona; la deprimen o la excitan con potentes drogas dañinas que van forzando, como venenos que son, el cuerpo y la mente hacia un deterioro».
- 3. La psiquiatría que es la historia de un fracaso. “Los psiquiatras continúan teniendo entre los colegas médicos una reputación bastante desfavorable; se les califica como torpes y de segunda clase” y “la psiquiatría es probablemente la fuerza más destructiva que ha afectado a la sociedad en los últimos 60 años”, (dicho por Edward Shorter y el doctor Thomas Szasz).
- 4. “Nuestro mundo atrapado en las drogas. A juicio de la demandante se lesiona el honor en cuanto se afirma que los diagnósticos de los psiquiatras son fraudulentos y que lo son intencionadamente para ‘engañar’ a las personas que gozan de una salud mental plena con la finalidad de poder recetarles fármacos psiquiátricos”.
- 5. Se imputa a los psiquiatras la utilización de una plaga de medicamentos que causan un holocausto mental y se vierte la acusación de que no cumplen el juramento hipocrático. Los tratamientos con psicofármacos, que se han extendido a los médicos de medicina general, provocan graves efectos de adicción y la anulación mental, sin obtener resultados apreciables.
- 6. Se acusa, también a los psiquiatras, de no cumplir el juramento hipocrático. El medico autor del artículo, integrante de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos, explica las razones por las que considera que no debe escogerse la especialidad de psiquiatría, ya que considera que carece de base científica; las pruebas biológicas para evidenciar una enfermedad mental son meramente colaborativas, los diagnósticos son fundamentalmente teóricos, no están validados rigurosamente y cuentan con definiciones demasiado amplias.
- 7. Frases como “la Psiquiatría sirve de maquinaria de control social que a veces se convierte en agente de la venganza social y política”; «El psiquiatra es quien de forma absolutamente ilegal envía un fax al Juzgado para solicitar un internamiento involuntario, por causas falsas, sin urgencia necesaria, ante medidas menos restrictivas e incluso por cuestiones de ego como “no viene a mi consulta desde hace meses”.
- 8. «Hay un número indeterminado de abortos coactivos en España en manos de psiquiatras que no quieren que los ciudadanos veamos la catástrofe que le pasa a un niño cuando nace después de haber estado sufriendo la medicación psiquiátrica que tomaba la madre”.
- 9. Por último, las costas van a cuenta de la SEP, que todavía puede recurrir ante el Tribunal Supremo.
A todos estos exabruptos, descalificaciones genéricas, insultos directos a la práctica profesional de la psiquiatría, indigencia intelectual de quien las manifiesta contraria al más del millón de actos médico diarios que se hacen en nuestro país, el referido Tribunal responde entre otras, con “perlas” de este calado:
«Consideramos que, en el contexto de las teorías anti-psiquiátricas que siguen las entidades demandadas, lo que debemos suponer que es perfectamente conocido por todos los psiquiatras, la frase referida por la asociación demandante no puede dañar el honor de los profesionales y que, en todo caso, quedaría amparado en el derecho de la libertad de expresión”.
“Algunas de las frases o expresiones que se señalan como ofensivas podrían dar a entender que en la conducta de los psiquiatras prima el lucro económico sobre el fin curativo y terapéutico, pero no creemos que podamos aceptar que el derecho al honor deba prevalecer cuando se enfrentan al derecho a la libertad de expresión en el campo de la salud”.
“Las supuestas ofensas, dice el tribunal, «provienen de una afirmación que no admite discusión, cual es que se siguen practicando internamientos forzosos e involuntarios y prescribiendo tratamientos sin contar con el consentimiento de los pacientes” y de unas frases emitidas, tal como consta en el propio artículo, por el historiador médico Edward Shorter en su libro «A History of Psychiatry» por Thomas Szasz uno de los fundadores, como ya dijimos, de la Comisión de Ciudadanos por los Derechos Humanos». «No encontramos motivo alguno para considerar que con esta publicación se ha producido una intromisión ilegítima en el derecho al honor de los miembros de la SEP”.
«Seguimos pensando que nos encontramos ante un conflicto en el que debe prevalecer la libertad de expresión, pensamos que las afirmaciones que se contienen en el artículo son meras consecuencias o deducciones de principios ya defendidos por las diversas corrientes anti-psiquiatría que existen y que creemos que son perfectamente conocidas por los miembros de la asociación demandante. Asimismo, las expresiones más ácidas y vejatorias van ligadas directamente al objetivo legítimo que podría ser protegido por la libertad de expresión».
«Si podremos encontrar palabras que puedan catalogarse de ofensivas a unos médicos al acusarles un claro abandono de la finalidad curativa, pero de una lectura de todo el artículo fácilmente puede comprobarse que, quizás usando unos términos duros y ácidos, todo ello se enmarca dentro de la crítica sobre los trastornos sociales en todos los campos de la vida que, a juicio del autor de la publicación, producen los fármacos. Nuevamente creemos que la colisión entre los derechos fundamentales se debe inclinar hacia la libertad de expresión»
Lo más grave en mi opinión, es que este Tribunal demuestra una ignorancia manifiesta sobre lo que es la salud y la enfermedad mental, nada raro entre los operadores jurídicos. Ignoran lo que es la enfermedad mental y sus consecuencias para el paciente, familiares y sociedad en la que vive.
Cualquiera que lea esta sentencia obtiene una imagen penosa de la especialidad médica y de los psiquiatras que formamos parte de ella, derivada de la corriente de los años 80 denominada antipsiquiatría, corriente político filosófica y no médica, hoy en claro declive ante la evidencia científica y que decisiones judiciales de este tipo conseguir volver a poner de actualidad y a darle fuelle.
Puede que la sentencia este ajustada a derecho y que tenga fundamentos jurídicos que no alcanzamos a entender. Por eso, espero y animo a que mis compañeros que han iniciado el proceso civil por intromisión ilegítima en el honor de los psiquiatras españoles, recurran al Tribunal Supremo y que sea este quien pacifique la cuestión.
La Sociedad Aragonesa de Psiquiatría Legal y Ciencias Forenses, va a estudiar las acciones oportunas en defensa de la legalidad por lo que consideramos una inaceptable respuesta de la justicia que no capta la gravedad de esta clase de afirmaciones, ni pone el foco adecuadamente el riesgo concreto al que somete a nuestra profesión, en la que nos vemos en la obligación de tratar a pacientes especialmente proclives a asumir discurso que pueden llegar al fanatismo, y con ello, a dar el salto a acciones agresivas directas contra los psiquiatras. Por ello, loando la actuación de la SEP, trataremos en la medida de nuestras posibilidades de buscar el foro y cauce que esté a nuestro alcance para revertir esta clase de infancias y que se sancione si es posible, este conjunto de ignominias que promueven el odio hacia nuestra profesión.
En fin, es inaudito que a una especialidad médica reglada y bajo los férreos controles estatales para su ejercicio, se le puedan atribuir delitos concretos como los hace referencia la sentencia. Eso no es libertad de expresión, ni especulaciones dogmáticas antipsiquiátricas, sino imputaciones delictivas sobre el proceder profesional de cualquier psiquiatra del siglo XXI.
Dr. Jose Carlos Fuertes Rocañin.
PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD ARAGONESA DE PSIQUIATRIA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES.
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