Se denomina lesión, desde el punto de vista médico, a toda alteración anatómica o funcional, causada por agentes externos o internos. Desde la óptica médico legal, lesión es toda alteración física o psíquica, causada por agentes mecánicos, físicos, químicos o biológicos, derivados de una acción exógena de carácter doloso o no.
Como vemos la lesión no solo se limita a alteraciones somáticas y/o físicas, sino que también se extiende a las alteraciones psíquicas. El caso más frecuente son las lesiones psíquicas tras un accidente de circulación. Pero también son lesiones psíquicas aquellas que se producen tras un acoso laboral, en el contexto de malos tratos, después de una mala praxis médica en la que hay un daño irreversible, o incluso, se puede entender como lesión psíquica el sufrimiento que pueden sufrir unos padres cuyo hijo ha sido víctima de una agresión grave.
La pericia psiquiátrica deberá valorar no solo la existencia de una enfermedad mental como consecuencia directa o indirecta del daño que se ha producido, sino que también deberá ser capaz de apreciar la producción de una disminución de sus aptitudes personales, laborales y sociales, e incluso la probabilidad de que se produzca una lesión psíquica tardía y la importancia que ello puede tener en el devenir psicobiográfica del afectado o víctima.
La valoración del daño psíquico es una capitulo cada vez más relevante de la psiquiatría forense, sobre todo cuando se va conociendo con mayor precisión la neurobioquímica cerebral, la neuroplasticidad del encéfalo y las posibilidades de que sea dañado y también de recuperar dicho daño a través de tratamientos médicos o psicoterapéuticos.
Un aspecto importante en el que el psiquiatra forense tiene mucho que decir será sobre la necesidad de mantener un tratamiento psiquiátrico tanto por lo que respecta al tipo de asistencia que sea más adecuado dar al lesionado, como sobre la duración del mismo o sobre cualquier otro aspecto de especial relevancia para conseguir la mejor evolución posible.
Es necesario que el psiquiatra forense conozca para llevar a cabo su peritaje las tablas de baremo de daños que se han establecido en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. A continuación, se exponen el apartado que hace referencia a los trastornos y anomalías psiquiátricas.